N° 197 – Octubre 2005
Tratados de libre comercio bilaterales
Advertencias al Sur contra normas que exceden la OMC
Un taller organizado por la Red del Tercer Mundo a fines de agosto en Kuala Lumpur advirtió que los principales países del Norte están utilizando los tratados de libre comercio bilaterales para conseguir beneficios que no obtienen en la OMC.
Los principales países desarrollados están utilizando los tratados bilaterales de libre comercio para obtener concesiones de los países en desarrollo que no logran conseguir a través de las negociaciones de la Organización Mundial de Comercio (OMC). Por eso, los países en desarrollo deberían estar en guardia en cuanto a aceptar esas obligaciones que exceden la OMC y que rechazaron en el foro multilateral. Éste fue uno de los temas claves surgidos de un taller regional asiático sobre tratados de libre comercio bilaterales organizado por la Red del Tercer Mundo que tuvo lugar en Kuala Lumpur del 26 al 29 de agosto.
El taller, al que asistieron alrededor de cien participantes de diez países asiáticos, entre ellos funcionarios de gobierno, expertos de comercio, representantes de ONGs y organismos internacionales, se centró especialmente en los tratados de libre comercio entre países industrializados y en desarrollo y examinó diversos elementos de los tratados que fueron acordados recientemente o están siendo negociados, así como sus consecuencias para el desarrollo.
Los participantes compararon especialmente las obligaciones asumidas por los países en desarrollo en los tratados de libre comercio con sus obligaciones en la OMC, o las decisiones adoptadas en la OMC. Se señaló que los tratados contienen numerosas disposiciones que suprimen las flexibilidades de que disponen los países en desarrollo en normas de la OMC, para escoger entre distintas políticas. La supresión o restricción de ese “espacio de políticas” restringiría gravemente la capacidad de los gobiernos de utilizar opciones de política y distintos instrumentos en numerosos sectores.
El experto internacional en temas de comercio Bhagirath Lal Das dijo en su presentación que en vista del apuro de numerosos países por negociar tratados bilaterales, era mejor que los países en desarrollo se tomaran una pausa y analizaran las consecuencias. Estados Unidos y la Unión Europea tienen objetivos claros: hacer avanzar sus intereses más allá de lo que podrían obtener de los países en desarrollo en la OMC, y ellos piensan que con los tratados de libre comercio bilaterales pueden lograr lo que no pudieron con la OMC, expresó.
Das también advirtió que cuando los países industrializados hayan obtenido lo que querían con los tratados de libre comercio, entonces tratarán de instalar esas normas de los tratados dentro de la OMC. Por ejemplo, las disposiciones llamadas “TRIPS-plus” -o sea, que exceden el Acuerdo sobre los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (TRIPS) de la OMC- de los acuerdos bilaterales se convertirían en sus propuestas en la próxima Ronda o en las negociaciones de la OMC.
Das agregó que hay países en desarrollo que tal vez decidan entrar en negociaciones de tratados de libre comercio, ya que tienen ciertas expectativas, en particular obtener beneficios de acceso a los mercados. También algunos países tienen el temor de que si no aceptan los tratados pueden “perder” frente a otros países que sí los acepten. Sin embargo, las esperanzas de obtener beneficios en materia de acceso a los mercados suelen ser ilusorias y están alentadas por proyecciones que resultan sospechosas, ya que se basan en supuestos irreales. Además, el aumento proyectado de las exportaciones a menudo está sobrevaluado, ya que no toma en cuenta el alto contenido de importaciones que tienen las exportaciones.
Das expresó que era necesario que los países que estaban pensando firmar tratados de libre comercio y los que ya los están negociando, realicen análisis de costo-beneficio utilizando métodos cualitativos y cuantitativos. También sugirió que debería compartirse más la información acerca de los efectos de los tratados, elevar la conciencia pública a través de grupos de interés y crear alianzas entre los países en desarrollo.
Martin Khor, director de la Red del Tercer Mundo, manifestó que una evaluación de los tratados de libre comercio recientemente firmados revelaría que contienen varios temas, disposiciones y normas que exceden lo que la OMC obliga a asumir a los países en desarrollo. Por ejemplo, en la mayoría de los acuerdos bilaterales firmados entre Estados Unidos y los países en desarrollo hay normas en materia de inversión, contratación pública y política de competencia. La discusión sobre esos “temas de Singapur” ya fue archivada en la OMC por la insistencia de los países en desarrollo como parte del “paquete de julio de 2004” y se suspendieron los grupos de trabajo sobre esos temas. Sin embargo, los tratados de libre comercio contienen capítulos sobre esos temas y las disposiciones van mucho más allá de lo que se había discutido (y hasta ahora rechazado) como posibles normas de la OMC.
Khor expresó que las normas del capítulo de inversiones de los tratados de libre comercio entre Estados Unidos y los países en desarrollo, como Singapur y Chile, abarcan no sólo la inversión extranjera directa sino también inversiones de cartera, préstamos y propiedad intelectual. Los derechos de los inversionistas incluyen derechos previos al establecimiento. La definición de “expropiación” es amplia e incluye la expropiación indirecta. Los tratados de libre comercio también habilitan las controversias entre inversionistas y el Estado.
Acerca de la contratación pública, los tratados de libre comercio en que participa Estados Unidos tienen normas sobre acceso al mercado, estableciendo derechos de “trato nacional” para empresas y productos extranjeros, y prohibiendo el trato preferencial para empresas nacionales. Esto contrasta con las discusiones del grupo de trabajo de la OMC donde se habían definido la consideración únicamente de aspectos de “transparencia”.
Khor expresó que en el capítulo sobre servicios, los tratados de libre comercio utilizan el “enfoque de lista negativa”, en el cual se asume la liberalización total de todos los sectores a menos que estén incluidos en una lista de excepciones. Esto se diferencia del enfoque de “lista positiva” del acuerdo de la OMC en materia de servicios, en el cual el país en cuestión se compromete únicamente en los sectores y con el tipo de liberalización enumerados.
De esta manera, los tratados de libre comercio derriban la arquitectura del acuerdo sobre servicios de la OMC y reducen las flexibilidades de que disponen los países en desarrollo para escoger o no la liberalización de determinados sectores, así como en qué grado y a qué ritmo. Ellos lucharon por mantener esa estructura flexible durante la Ronda Uruguay y todavía la siguen defendiendo con fuerza en la OMC, enfrentando presiones. Pero algunos países están cediendo en los tratados de libre comercio el terreno político duramente ganado.
Khor recordó que en la OMC los países en desarrollo introdujeron los principios de trato especial y diferenciado en el sector de acceso al mercado y el principio de la no reciprocidad plena en las obligaciones de reducción arancelaria. Sin embargo, los tratados de libre comercio entre un país industrializado y un país en desarrollo exigen concesiones sobre bases recíprocas. Los países industrializados citan el Artículo XXIV del GATT para argumentar que los acuerdos de libre comercio tienen que incluir la eliminación de aranceles por las partes “sustancialmente en todo el comercio”.
Así, en los tratados de libre comercio entre países industrializados y países en desarrollo, estos últimos están obligados a eliminar sus aranceles en etapas, como regla general, con excepciones que son colocadas en un anexo. Ello supone mayores presiones para abrir su sector de mercancías.
En una sesión sobre acceso al mercado, Laura Carlsen, del Programa Américas del Centro de Relaciones Internacionales, con sede en México, expresó que la experiencia de América Latina y América Central en los tratados de libre comercio con Estados Unidos ha demostrado que los países en desarrollo obtienen magros beneficios de acceso al mercado en comparación con los costos. Estados Unidos da poco pero pide mucho, agregó.
Carlsen expresó que en el sector industrial se calcula que los beneficios de las exportaciones a Estados Unidos serán de corta vida, ya que los márgenes de preferencia quedan diluidos por las reducciones arancelarias multilaterales. En México, las pequeñas y medianas empresas se ven perjudicadas por el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN). Se especula que los países de América Central obtendrán escasos beneficios en textiles porque, aun con el trato preferencial, no pueden competir con los productos chinos.
La situación en el sector de la agricultura revela la falacia de las expectativas de obtener beneficios en materia de acceso al mercado, añadió Carlsen. Una razón importante es que Estados Unidos se ha negado a discutir la reducción de sus subsidios dentro de los tratados de libre comercio y así logran continuar con el dumping, con exportaciones a precios por debajo de los costos de producción.
Después de la entrada en vigor del TLCAN, las exportaciones mexicanas de frutas y vegetales a Estados Unidos aumentaron 50 por ciento. Pero esto fue más que compensado cuando México redujo sus aranceles agrícolas y las importaciones se triplicaron en el caso del maíz (el cultivo mexicano más importante) y se quintuplicaron para la soja, el trigo, los productos avícolas y la carne vacuna. También hay impactos en otros cultivos: los productores de sorgo están en crisis, ya que los ganaderos cambiaron por maíz más barato como ración para el ganado. Hubo una pérdida de 1,7 millones de puestos de trabajo rurales.
Carlsen dijo que un creciente número de países, tales como Brasil, Venezuela y Uruguay, están cuestionando las premisas de los tratados de libre comercio y las negociaciones por el Acuerdo de Libre Comercio de las Américas (ALCA) están estancadas.
Destacó diversas lecciones extraídas de la experiencia latinoamericana. En primer lugar, en la consideración de las compensaciones por un mayor acceso a Estados Unidos frente al desplazamiento de productos locales, esto último sobrepasa a lo primero. En segundo lugar, las concesiones a las demandas de Estados Unidos tienen efectos negativos en el largo plazo. Por ejemplo, México sufrió un debilitamiento de la posición de sus pequeños arrendatarios, mayor dependencia alimentaria, reducción de los vínculos con países del Sur así como pérdida de su soberanía y de la capacidad de utilizar herramientas para el desarrollo. En tercer lugar, los periodos de aplicación más largos y las salvaguardias de los acuerdos no bastan para proteger los productos y sectores amenazados de los países en desarrollo. En cuarto lugar, los tratados de libre comercio obstaculizan los esfuerzos de integración regional. En quinto lugar, los países en desarrollo deben ceder mucho terreno en otros sectores para obtener una magra ventaja en el acceso al mercado.
Carlsen finalizó diciendo que los países en desarrollo tendrían que evitar firmar tratados de libre comercio con Estados Unidos, o por lo menos deberían considerarlo cuidadosamente antes de aceptarlos. Las ventajas tienden a ser pocas y de corta vida mientras que los costos tienden a ser grandes y a largo plazo.
El taller tuvo varias sesiones sobre propiedad intelectual. El profesor Peter Drahos, de la Universidad Nacional Australiana, expresó que Estados Unidos y otros países industrializados han estado a la búsqueda de foros de conveniencia para ellos, identificando las organizaciones o acuerdos que les convenga utilizar para imponer sus objetivos de lograr que los países en desarrollo asuman nuevas obligaciones en materia de normas sobre propiedad intelectual más estrictas.
Los países industrializados están haciendo ahora uso de los tratados de libre comercio como el foro conveniente para que los países en desarrollo asuman obligaciones en materia de TRIPS-plus. Advirtió acerca de ceder a esas presiones, pues para los países en desarrollo tener normas más estrictas en materia de propiedad intelectual podría implicarles incurrir en más pérdidas, ya que la mayoría de la propiedad intelectual está en manos de extranjeros. Estimó que el costo adicional para los países en desarrollo de aplicar los TRIPS es como mínimo de 40.000 millones de dólares anuales.
Drahos indicó que los países en desarrollo deberían comprometerse únicamente a asumir el mismo grado de obligaciones que ya está contenido en los TRIPS y dejar en claro que no aceptarán ninguna disposición TRIPS-plus. Dio detalles sobre cómo el tratado de libre comercio entre Estados Unidos y Australia provocaría graves perjuicios a la industria de medicamentos genéricos australiana debido a las obligaciones TRIPS-plus.
También propuso la creación de “centros de excelencia de creación de modelos” para contrarrestar los equívocos modelos econométricos utilizados en estudios que exageran las ganancias y subestiman los costos de los tratados de libre comercio, y que promuevan la utilización de una metodología adecuada que pueda producir análisis confiables de costos y beneficios.
En las dos sesiones se discutieron extensamente las disposiciones TRIPS-plus con consecuencias adversas para el acceso a los medicamentos.
Sanya Smith, de la Red del Tercer Mundo, presentó ejemplos de disposiciones de los tratados de libre comercio que eliminan o reducen las flexibilidades de los TRIPS. Algunos son: permitir la ampliación de vida de una patente por el tiempo que transcurre entre la presentación y la aprobación de una solicitud, exigir que las patentes puedan ser ampliadas (más allá del primer periodo aprobado) para “nuevos usos” del mismo producto y limitar las condiciones de licencias obligatorias.
Otra disposición TRIPS-plus importante, explicada por Smith y Karin Timmerman, asesora de la Organización Mundial de la Salud, se refiere a la “exclusividad de los datos”. La OMC no exige que los miembros establezcan “exclusividad de los datos” (es decir, cuando los datos de la compañía fabricante presentados a las autoridades reguladoras de medicamentos para su aprobación comercial no pueden utilizarse para la aprobación de otros medicamentos genéricos de los solicitantes). Sin embargo, Estados Unidos procura, a través de los tratados de libre comercio, que a sus socios se les exija otorgar “derechos exclusivos” a las compañías fabricantes sobre la utilización de los datos de sus ensayos, colocando así un obstáculo grave en el camino de la utilización de medicamentos genéricos.
Jiraporn Limpananont, profesor farmacéutico del Grupo de Estudios de Medicamentos de Tailandia, expresó que Estados Unidos está impulsando una serie de disposiciones TRIPS-plus por el estilo en las negociaciones con Tailandia en torno a un tratado de libre comercio. Según Limpananont, tales disposiciones suprimirían la capacidad de Tailandia de utilizar las flexibilidades existentes en materia de TRIPS, provocarían un aumento en los precios de los medicamentos y obstaculizarían la investigación y el desarrollo de fabricantes locales de medicamentos en la medida que no podrían producirse medicamentos genéricos y no se dispondría de ingredientes activos patentados.
Chutima Akaleephan, del Ministerio de Salud de Tailandia, expresó que se había emprendido un estudio sobre los posibles efectos de introducir disposiciones TRIPS-plus en el tratado de libre comercio. Las estimaciones demuestran que extender la exclusividad del mercado por tres años provocaría costos adicionales de los medicamentos para Tailandia de entre 65 millones y 279 millones de dólares anuales. Si la extensión es por diez años, los gastos anuales extra estarían entre 837 millones y 5.400 millones de dólares.
Renee Vellve, de GRAIN, manifestó que numerosos tratados de libre comercio firmados por países en desarrollo con los países europeos y con Estados Unidos contienen numerosas disposiciones TRIPS-plus con relación al patentamiento de recursos biológicos. Si bien los TRIPS permiten que los miembros de la OMC excluyan a vegetales y animales del patentamiento, algunos tratados de libre comercio exigen a las partes el patentamiento de vegetales, y en algunos casos de vegetales y animales.
Los TRIPS también estipulan que los miembros pueden establecer un sistema de protección suis generis de las variedades vegetales. Sin embargo, en varios tratados de libre comercio con Estados Unidos se exige al país en desarrollo que adhiera al tratado UPOV, y muchos mencionan UPOV 1991 (la última versión del tratado que tiene normas especialmente “estrictas” de derechos de los obtentores vegetales que restringen severamente los derechos de los agricultores a guardar y reutilizar las semillas).
Sangeeta Shashikant, de la Red del Tercer Mundo, dijo que en la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) se habían firmado varios tratados conteniendo obligaciones más estrictas que las del Acuerdo sobre TRIPS de la OMC. En los últimos tratados de libre comercio con Estados Unidos, el país en desarrollo está obligado a firmar numerosos tratados de la OMPI, los que le exigen adoptar normas de propiedad intelectual TRIPS-plus.
También manifestó que en numerosos tratados de libre comercio en que participan Estados Unidos, los países en desarrollo están obligados a adoptar obligaciones TRIPS-plus con relación a los derechos de autor y reproducción. Por ejemplo, mientras que los TRIPS y el Convenio de Berna establecen la protección de los derechos de autor y reproducción por el periodo de vida del titular más otros 50 años, el TLC amplía el periodo al tiempo de vida y 70 años más.
Algunos tratados de libre comercio también exigen a las partes estipular medidas de protección tecnológica, similar a la ley nacional de Estados Unidos (Ley de Derechos de Autor y Reproducción del Milenio Digital 1998). Las medidas de protección tecnológica han sido criticadas por grupos de consumidores por limitar la utilización justa de materiales con derechos de autor y por tener un efecto de parálisis en la libertad de expresión y la investigación científica.
Si bien el Acuerdo sobre TRIPS no exige a los miembros de la OMC que establezcan medidas de protección tecnológica, algunos tratados de libre comercio sí exigen a las partes que las tengan, con normas aún más estrictas que la ley estadounidense.
Sangeeta explicó además que algunos tratados de libre comercio exigen a las partes que tengan leyes de aplicación que son más estrictas que los TRIPS, por ejemplo, la penalización de algunos aspectos de infracción de los derechos de autor y la falsificación de marcas comerciales, que no son exigidas por los TRIPS. (SUNS)
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